Siglo XVIII

En el siglo XVIII conviven las hermandades origen de nuestra corporación, que son la Hermandad del Santo Entierro y Ntra. Sra. de la Soledad y la Hermandad de la Corona de Espinas de Nuestro Señor Jesucristo, María Santísima de los Dolores y Congregación del Pecado Mortal y Santa Caridad. Ambas hermandades daban culto a las mismas imágenes pero con distinto título.

Es durante las primeras décadas del siglo XVIII cuando tiene lugar por Andalucía la expansión de la Orden de los Siervos de María Santísima de los Dolores, conocida como la Orden Servita, siendo una orden seglar de origen italiano cuya principal finalidad era la de venerar a la Virgen de los Dolores, teniendo sus principales cultos en la semana previa al Viernes de Dolores, con la celebración de un Septenario. La primera fundación servita de la provincia de Sevilla tuvo lugar en 1720 en la parroquia de San Marcos de la capital, siendo la popularmente conocida como Hermandad de los Servitas.

La hermandad de la Corona de Espinas, tras tener lugar su fundación y ser aprobadas sus reglas el 22 de Mayo de 1731, solicitan su incorporación a la Orden Tercera de los Siervos de María Santísima de los Dolores en 1732.

Entre los fundadores de la Hermandad de la Corona de Espinas cabe destacar Gabriel Francisco Pizarro, cuyo nieto inició un proceso judicial contra la Hermandad de la Soledad para determinar el origen y propiedad de la imagen de la Virgen, ofreciéndose en el pleito dos versiones totalmente diferentes, por lo que el Arzobispado no llegó a esclarecer quien era el propietario. Los hermanos de la Hermandad de la Corona de Espinas defendían que Gabriel Francisco Pizarro había sido el encargado de costear la imagen  de Nuestra Señora, así como el paso y la ráfaga que llevaba la Virgen en su salida procesional, cuidando personalmente de la imagen hasta que falleció, sucediéndole en dicha tarea su hijo y posteriormente su nieto. Por el contrario, la Hermandad del Santo Entierro rechazaba todos estos argumentos.

Al finalizar el proceso, no quedó claro quién fue el que costeó la imagen de la Virgen, aunque sí quién fue su autor, llamado José Montes de Oca, quién certificó y firmó su autoría en Sevilla el 24 de abril de 1741, ante el Notario Eclesiástico José Ascarza: “(…) a pedimento de los hermanos de la Cofradía del SSto. Entierro de Christo y Nuestra Señora de la Soledad de la villa de la Puebla de Cassalla tiene hecho las ymagenes de Christo Crusificado y Nuestra Señora de la Soledad y tiene resivido su importe (…) de los diputados nombrados por dicha Cofradía (…)”3.

A esta congregación de la Corona de Espinas podía unirse cualquier persona sin distinción de edad, sexo, raza o clase social, teniendo como deberes acudir al entierro de los hermanos difuntos, acompañar y enterrar el cadáver de cualquier forastero que encontrasen muerto en el camino, o de las personas pobres que muriesen en sus casas, en el campo o en las calles, llevar cera el día de la procesión, acompañar al Santísimo Sacramento en la procesión del Corpus, y aquellos hermanos de mayor calidad pedirían por las calles al finalizar el Novenario que estaba dedicado a los cofrades difuntos y los días de fiesta.

Entre  los derechos de cada hermano se encontraban el recibir misas por su alma en el altar de la Cofradía, sobre su cadáver colocar el túmulo con el paño negro de la Hermandad y veinte cirios durante el entierro, ser visitado por el Hermano Mayor en caso de estar en peligro de muerte, hasta que se produzca el fallecimiento. Asimismo, en caso de que el hermano no contara con medios económicos suficientes, la Hermandad costeaba las medicinas y los gastos médicos hasta la curación. Entre los cultos y funciones religiosas se encontraban el rezo de la Corona de Nuestro Señor todos los viernes del año y los sábados la Corona de Nuestra Señora, siendo los hermanos avisados por el Celador, quién recorría las calles tocando una campanilla, así como un Novenario en honor a los hermanos difuntos. Tras la unión a la Orden Tercera de los Siervos de María, a los cultos anteriores se añadieron el Septenario y la procesión del Viernes de Dolores.

En el año 1733, por recomendación y devoción del Arzobispo de Sevilla, Luis de Salcedo y Azcona, añaden a sus Reglas las propias de la Hermandad del Santísimo Cristo Coronado de Espinas y Nuestra Señora de la Esperanza de Sevilla, con el fin de favorecer a los que estaban en pecado mortal, titulándose ahora como “Hermandad de la Corona de Espinas de Nuestro Señor Jesucristo, Siervos de María Santísima de los Dolores, Congregación de hacer bien y decir misas por la conversión de los que están en pecado mortal y Santa Caridad”, siendo estas reglas aprobadas por el consejo de Castilla en 1782.

Estas nuevas Reglas suponían más obligaciones y derechos para los hermanos, como son llevar una vida cristiana ejemplar, celebrar una misa por la conversión de los que están en pecado mortal y por las Ánimas del Purgatorio, decir misas cantadas en las fiestas de Cristo y San Miguel, quién es patrón de la Cofradía, celebrar Junta de Congregación todos los domingos segundos de cada mes, con manifiesto del Santísimo Sacramento con rogativas para la conversión de los pecados, celebrar procesiones de penitencia por las calles en tiempo de Adviento, socorrer materialmente a los pobres y enterrarlos , reunirse todos los viernes por la noche en el altar del Santísimo Cristo de las Aguas, donde se celebraban diversas oraciones y ejercicios espirituales, finalizando con un Vía Crucis con la imagen del Santísimo Cristo de las Aguas por el interior del templo, y finalmente celebrar comunión general los días de la Circuncisión del Señor, Anunciación de Nuestra Señora, Purificación de Nuestra Señora, Ascensión del Señor, Pascua de Espíritu Santo, día de la Transfiguración del Señor hasta el día de la Asunción de Nuestra Señora, día de la Natividad de Nuestra Señora, día de San Miguel, festividad del Rosario, festividad de Todos los Santos y día de la Virgen de los Dolores.

La hermandad no solo contaba con el favor de la Iglesia y de la autoridad civil, sino que también iba ganando de forma considerable en número de devotos, que se hacían hermanos buscando tanto los beneficios materiales como los espirituales, lo que provocó que la Cofradía destacara económica y socialmente respecto a las demás.

Ambas hermandades, la del Santo Entierro y la de la Corona de Espinas, acordaron realizar juntas la procesión del Viernes Santo, y costeándose la procesión a medias, alternándose anualmente la organización y el gobierno de la misma desde 17454.

En 1766, los hermanos del Santo Entierro y Nuestra Señora de la Soledad solicitarán al Vicario General del Arzobispado su licencia para poder construir una capilla en la iglesia parroquial, con bóveda o panteón para el enterramiento de sus hermanos, compromietiéndose la hermandad a pafar los gastos de obras y adornos. Por ello, compró un solar propiedad de la parroquia. Mientras se reúne el dinero para costear las obras, la viuda de hidalgo linaje, Isabel Díaz Roldán, tras curarse de una grave enfermedad al encomendarse a Nuestra Señora de los Dolores, decide pagar la construcción de una capilla donde recibiera culto, quedando en esta señora el derecho de patronato de la misma5.

En 1775, se firma una escritura de concordia donde reconocían que la imagen de la Virgen de la Soledad era propiedad de la Hermandad del Santo Entierro. Un año más tarde consiguieron que el Tribunal Eclesiástico la declaración de que la Virgen de la Soledad tenía realmente la advocación de Virgen de los Dolores6. A pesar de ello, en 1783 el nieto de Gabriel Francisco Pizarro inició el pleito contra la Hermandad de la Soledad, del cual se ha hablado anteriormente.

En 1783, el Consejo de Castilla lleva a cabo, a través de una Real Orden, la prohibición de hermandades y cofradías que no contaran con la autorización o licencia de dicho Consejo, por lo que ambas hermandades, tanto la de la Corona de Espinas como la del Santo Entierro, se ven obligadas a reformar sus reglas, consiguiendo la primera la aprobación en 1782, y la segunda, en 1792.


3 AGAS. Sección: Justicia. Subsección: Ordinarios. Serie: Hermandades. Leg. 170. “Autos que sigue Gabriel Pizarro, Zelador de la Hermandad de la Corona de Espinas con la de la Soledad de María SSma.sre la propiedad de la Sta. Ymagen del mismo titulo. Año de 1783”.

4 AGAS. Sección: Justicia. Subsección: Ordinarios. Serie: Hermandades. Leg. 170. “Copia de la Regla y Autos de la Hermandad del Sto. Entierro de Jesu Christo Nuestro Sr. y de la Virgen de la Soledad de la Parroquial Yglª de la villa de La Puebla de Casava. Año de 1792”.

5 AGAS. Sección: Justicia. Subsección: Ordinarios. Serie: Hermandades. Leg. 2.338. “Autos por la Hermandad de Nuestra Señora de la Soledad y Sto. Entierro de Nuestro Sr. Jesuchristo cita en la  Yglª de d(ic)ha s(ob)re quere labrar una capilla en d(ic)ha Yglª”.

6 AGAS. Sección: Justicia. Subsección: Ordinarios. Serie: Hermandades. Leg. 170. “Autos que sigue Gabriel Pizarro, Zelador de la Hermandad de la Corona de Espinas con la de la Soledad de María SSma.sre la propiedad de la Sta. Ymagen del mismo titulo. Año de 1783”.

Información extraída de CABELLO NÚÑEZ, José: Santo Entierro Magno. La Puebla de Cazalla, 30 de Marzo de 2002. Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla, 2002.